Legalidad de las conserjerías en propiedad horizontal en Colombia
¿Es legal tener conserjes en propiedad horizontal? Una visión jurídica
Marco normativo vigente
La figura del conserje en la propiedad horizontal es completamente legal en Colombia. Aunque el término no se encuentra explícitamente regulado en la Ley 675 de 2001, su inclusión en el régimen de la propiedad horizontal se enmarca en las facultades que tienen las copropiedades para organizar su esquema de vigilancia, aseo y mantenimiento. En este sentido, el conserje puede ser contratado como parte del personal operativo del edificio o conjunto residencial, ya sea mediante contrato directo o a través de empresas de outsourcing.
Conserje vs. Vigilante: diferencias jurídicas
Es importante diferenciar entre conserjes y vigilantes. Mientras los primeros se dedican a tareas administrativas, de mantenimiento y atención al público, los vigilantes están amparados bajo la Ley de Vigilancia y Seguridad Privada (Ley 1920 de 2018), por lo que requieren certificación y supervisión por parte de la Superintendencia de Vigilancia. Contratar a un conserje para funciones de vigilancia podría representar una ilegalidad.
Implicaciones legales para la copropiedad
La legalidad de tener conserjes está condicionada a que sus funciones no sobrepasen las permitidas por la ley. Si se les asignan labores propias de un vigilante certificado, la copropiedad puede enfrentar sanciones por suplantación de funciones de seguridad. Por eso, es recomendable que los contratos laborales, manuales de funciones y reglamentos internos estén bien definidos.